
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha autorizado a la Xunta a prorrogar en toda la comunidad, hasta el próximo 26 de febrero, la exigencia de presentar el certificado COVID-19 de vacunación, recuperación o prueba diagnóstica negativa para desarrollar una serie de actividades. Los magistrados consideran que es necesario ampliar la vigencia de la medida debido a la situación epidemiológica de la comunidad y a la existencia de riesgo de transmisión del virus.
Por lo tanto, el documento seguirá siendo requerido para entrar en los locales de hostelería y de ocio nocturno, así como para acceder a las residencias de mayores y de personas con diversidad funcional, a instalaciones cerradas en las que se practique actividad física y deportiva no federada, a piscinas cubiertas, a albergues turísticos y a eventos multitudinarios o a aquellos que tengan autorizada la venta de alimentos o bebidas para el consumo en su interior. El certificado también continuará exigiéndose a las visitas de los pacientes ingresados en hospitales.
El TSXG concluye en el auto, contra el que cabe presentar recurso, que se mantiene el juicio de “idoneidad, necesidad y proporcionalidad” de la medida, pues los valores que muestra el estudio técnico aportado por la Consellería de Sanidade “siguen siendo elevados, lo que indica que el virus continúa teniendo una elevada circulación”.
El pasaporte COVID-19, según subrayan los magistrados, hace que sea compatible el desarrollo de ciertas actividades “con la contención de la expansión del virus”. Además, destacan que la medida trata de proteger “a personas que presentan una especial vulnerabilidad”, como las residentes en centros sociosanitarios de mayores o las hospitalizadas.