Desde la DGT explican que el uso de la mascarilla se basa en una ley sanitaria y por tanto no tienen competencias sobre la misma
En las últimas semanas se ha producido cierta controversia sobre el uso de la mascarilla en los vehículos. La misma venía derivada de posibles sanciones por no hacer uso de este elemento protector contra la Covid-19. Por ello desde la Dirección General de Tráfico -DGT- aclaran que no tienen competencia para multar por ello al tratarse de una cuestión de salud pública.
Así especifican que o hay ningún artículo en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, ni en los reglamentos que la desarrollan, que recojan que no llevarla, quitársela o demás acciones con la misma sea un precepto infractor y mucho menos que lleve aparejado la pérdida de puntos.
Esto se aplicaría siempre y cuando un conductor viaje solo o con convivientes. En caso de no ser así sí que podría ser multado, ya que actualmente se explica que será obligatorio el uso de la mascarilla en transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor.
Si bien la sanción no acarrearía pérdida de puntos si podrían imponer una multa de 100 euros por cada ocupante que no la lleve puesta.