El Juzgado de Instrucción nº 1 de Ourense —actual Tribunal de Instancia de Ourense, Sección de Instrucción— ha acordado continuar el procedimiento penal contra el alcalde de la ciudad, Gonzalo Pérez Jácome (Democracia Ourensana), al apreciar indicios de un delito continuado de prevaricación administrativa vinculado a su situación de incompatibilidades.
El auto, dictado este 14 de abril por el magistrado Leonardo Álvarez Pérez, da por concluida la fase de instrucción y abre un plazo de diez días para que la Fiscalía y la acusación particular soliciten la apertura de juicio oral o el archivo de la causa.
La resolución sitúa el foco en una cuestión concreta: el alcalde ha ejercido el cargo con dedicación exclusiva desde junio de 2019 sin haber solicitado en ningún momento la compatibilidad exigida por la ley para desarrollar actividades privadas remuneradas. Según el juez, Jácome ha mantenido en paralelo su actividad al frente de Aurea TV —de la que es propietario y responsable— sin promover el trámite obligatorio que debía someterse al pleno municipal.
Este elemento es clave en la argumentación judicial. El auto no sostiene que el regidor dictase una resolución ilegal, sino que construye la posible prevaricación sobre una omisión: no haber impulsado el procedimiento que permitiría al pleno decidir. De este modo, el instructor considera que el alcalde habría impedido de facto que el órgano competente se pronunciase sobre la compatibilidad, bloqueando un control institucional que la normativa atribuye a la corporación.
El magistrado va más allá y califica esa conducta como arbitraria, al entender que no existe respaldo legal para omitir la solicitud de compatibilidad. A su juicio, la decisión del alcalde responde a un interés personal y no a una interpretación razonable de la normativa vigente.
En esa línea, el auto descarta uno de los argumentos centrales de la defensa: un informe técnico que sostenía que no era necesario solicitar la compatibilidad. El juez le resta validez al concluir que carece de base documental y jurídica, ya que su autor reconoció que no analizó la actividad real del alcalde y que se limitó a elaborar el documento a partir de información verbal facilitada por el propio investigado.
La resolución también incorpora antecedentes relevantes. En diciembre de 2021, el pleno del Ayuntamiento de Ourense aprobó un acuerdo en el que instaba al alcalde a renunciar a su sueldo municipal por considerar incompatible su actividad profesional y a devolver las cantidades percibidas, además de reprocharle no haber solicitado la compatibilidad. El auto subraya que Jácome no atendió ese requerimiento.
Asimismo, recuerda que la Fiscalía de Ourense archivó en 2025 unas diligencias informativas sobre estos hechos al no apreciar entonces delito. Sin embargo, el instructor precisa que ese archivo no validó la actuación del alcalde, ya que el propio decreto fiscal advertía de una situación irregular en materia de incompatibilidades que debía ser corregida e incluso apuntaba a posibles responsabilidades contables. Pese a ello, el regidor no modificó su conducta.
El auto introduce además un elemento de especial relevancia pública: el impacto económico de la situación. El juez plantea que, en caso de no haberse reconocido la compatibilidad, el alcalde no tendría derecho a percibir el salario correspondiente a la dedicación exclusiva. En este sentido, detalla que entre 2020 y 2025 percibió retribuciones que oscilan entre cerca de 70.000 y más de 77.000 euros anuales, a lo que se suman ingresos privados superiores a 197.000 euros entre 2019 y 2022 derivados de su actividad económica.
El magistrado apunta así a un posible perjuicio para las arcas municipales y describe una situación «injusta» derivada de la conducta del investigado, que habría estado percibiendo un salario sin que el órgano competente hubiese podido pronunciarse sobre su legalidad.
Con la instrucción ya cerrada, el procedimiento entra ahora en una fase decisiva. La Fiscalía deberá determinar si formula acusación formal y solicita la apertura de juicio oral. El auto deja, en todo caso, una conclusión clara: para el juzgado, existen indicios de que el alcalde de Ourense actuó de forma consciente al eludir un trámite obligatorio, impidiendo además el control institucional sobre una cuestión que afecta tanto a la legalidad de su cargo como al uso de recursos públicos.
