jueves. 18.04.2024
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La justicia ratifica la anulación del contrato de adjudicación de la gestión de Manzaneda

El Tribunal Superior de Xusticia de Galicia ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la Estación de Invierno Manzaneda S.A. —MEISA— contra la resolución anunciada el pasado mes de marzo por el Juzgado Contencioso número uno de Ourense en el que anulaba el contrato formalizado entre MEISA y Artabria Turismo, la empresa que cuenta con la gestión integra de las instalaciones desde diciembre de 2020.

La sentencia del mes de marzo del 2022, y ahora ratificada, señalaba que Meisa «debió cuando menos solicitar tres ofertas, sin que en el expediente exista razón alguna que justifique la imposibilidad de cumplir tal requisito, máxime cuando la recurrente había puesto de manifiesto su interés en ser invitada a la participación». Cabe destacar que este contrato se adjudicó de forma directa y sin publicidad.

Por ello, se procedía a anular la adjudicación al haberse infringido los principios de concurrencia y no discriminación, por el incumplimiento de las instrucciones de contratación al no haberse solicitado cuando menos tres ofertas. 

La nueva sentencia pone de relieve que «la parte apelada al oponerse a la apelación, de la pag 17 del E.A., aparece que el contrato lo firma la Presidenta en virtud de su acuerdo del Consejo de 24-11-2014 sin hacerse referencia a reunión alguna del órgano de contratación, y si se celebró, debería haberse consignado en el contrato, que fue un acto unilateral de Dª. Carla , saltándose de manera flagrante el procedimiento administrativo, adjudicando directamente el concurso sin estar facultada para ello; sobre el agotamiento de la vía administrativa, resulta irónico que quien se salta sin el menor rubor el procedimiento pretenda invocarlo al contrario, cuando la actora cumplió escrupulosamente la legalidad formalista, acertando el Juzgado "a quo" al considerar que el propio procedimiento es tan poco riguroso que no existe propiamente en el E.A. ninguna resolución de adjudicación del contrato ni en la que se acuerda siquiera acudir al procedimiento negociado sin publicidad, sino únicamente una reunión del Consejo de Administración de 5-11-20 donde postergan el asunto para mejor estudio, informe del gerente sobre la necesidad de contratación urgente,invitación a Artabria Turismo S.L., y directamente la formalización del contrato por la presidenta».

La justicia ratifica la anulación del contrato de adjudicación de la gestión de Manzaneda