
Debido al incremento desmesurado de casos positivos en toda la comunidad autónoma, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia —TSXG— ha autorizado a la Xunta a prohibir las reuniones de personas no convivientes, en espacios públicos y privados, entre las tres y las seis de la madrugada.
También permitió a la Xunta ampliar a todo el horario de apertura el requisito de presentar el certificado de vacunación o de prueba diagnóstica negativa para acceder al interior de los establecimientos de hostelería. Los jueces considera que la situación de riesgo que se evidencia a la ahora de quitar las mascarilla para comer o beber no es distinta en función de la hora del día en se produce.
En cuanto a la prohibición de reuniones entre los las personas no convivientes, el TSXG destaca que se trata de una restricción al derecho de reunión que "no es absoluta", ya que está vigente el derecho para las personas conviviente, por razones laborales y sanitarias, entre otras. Las medidas entrarán en vigor a partir de las 00:00 horas del día 1 de enero, hasta el próximo día 18 del mismo mes.