martes. 19.03.2024

El Juzgado de lo Social Número 1 de Ourense dictaba sentencia el pasado 16 de marzo ante una demanda presentada contra el Concello de O Barco por parte de un trabajador representando por la Confederación Nacional de Trabajo. 

El Juez determinó que el Concello incumplió la normativa en prevención de riesgo laborales en lo que refiere al personal del Grupo Supramunicipal de Emergencias —GES—. En especial, «en lo referido al cumplimiento de la obligación de elaborar procedimientos de trabajo como parte de la actividad preventiva, la falta de coordinación de la actividad empresarial, la falta de nombramiento de recursos preventivos y finalmente, la falta de formación e información preventiva».

Por ello, se considera que el Consistorio ha vulnerado el artículo 15 de la Constitución a la vida, «y a la integridad física y mental», por lo que condena al Concello a «elaborar de forma inmediata procedimientos de trabajo para la evaluación de los puestos y actividades que el GES».

Además, deberá «designar los recursos preventivos necesarios con la formación adecuada para su desempeño», «elaborar e implantar un procedimiento de coordinación de actividades empresariales adecuado a la actividad de los trabajadores afectados», «elaborar una formación en materia de prevención de riesgos laborales» e informar por escrito a la plantilla de los riesgos de sus puestos de trabajo.  

Un juez condena al Concello de O Barco incumplió la normativa en prevención de riesgo...